Toda persona que se encuentre contratada por medio de un contrato laboral, tiene derecho por ley a días de vacaciones, toda la reglamentación se encuentra en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo CST, aquí responderemos las preguntas más comunes respecto a las vacaciones a que tienen derecho todos los empleados.
¿Cuantos días de vacaciones tiene derecho un trabajador?
Las vacaciones laborales en Colombia se encuentran establecido en el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo CST, el cual establece que todo empleado por regla general que haya laborado al menos un año, tiene derecho a 15 días de vacaciones remuneradas. Para calcular los días de vacaciones en Colombia tiene que ver que por cada año calendario laborado, se tiene derecho a 15 dias de vacaciones o fracción.
Como toda regla tiene su excepción, los empleados que presten sus servicios a entidades privadas que se dediquen a lucha contra la tuberculosis, y a la aplicación de rayos X tienen derecho a 15 días de vacaciones cada 6 meses, es decir 30 días al año, por lo que estos empleados al verse expuestos a enfermedades descritas, deben descansar estos periodos.
Formula para calcular vacaciones. ¿Cómo se pagan las vacaciones?
Para el cálculo de vacaciones ya sean anuales o proporcionales se divide 15/360 * los días laborados, es muy fácil.
Para un contrato de 6 meses las vacaciones serán 7,5 días, pero probablemente nunca las disfrute, por no cumplir el año laborado.
¿Quién decide la fecha en la que se deben tomas las vacaciones?
El artículo 187 del Código Sustantivo del Trabajo CST, establece que las vacaciones deben ser informadas por el patrono al trabajador con al menos con 15 días de anticipación, además la solicitud, fechas y días de vacaciones las debe estipular el empleado, con el fin de ser aprobadas por el patrono, esto con el fin de no perjudicar la operatividad de la compañía.
¿Puedo pedir las vacaciones antes del año?
El mismo artículo 187 del Código Sustantivo del Trabajo CST, en su numeral 1, dice que el patrono debe establecer las vacaciones dentro del año siguiente al periodo cumplido, por ende la norma dice que las vacaciones solo se pueden tomar después de cumplido el primer año o periodo; ya depende del patrono o empresa, establecer si otorga o no vacaciones antes de cumplir el primer año laborado.
Ahora bien los días de vacaciones proporcionales se pueden tomar, siempre y cuando con el patrono se tenga establecido, para determinar ver «como se cálcula las vacaciones».
¿Debe el empleado llevar el control de sus vacaciones?
No, el numeral 3 del artículo 187 de la mencionada ley, establece que todas las empresas deben elaborar un cuadro control en el que estipulan la fecha en que ha ingresado al establecimiento cada trabajador, la fecha en que toma sus vacaciones anuales y en que las termina y la remuneración recibida por las mismas.
¿Puede el patrono interrumpir mi periodo de vacaciones?
El artículo 188 del Código Sustantivo del Trabajo CST dice que el patrono debe justificar la interrupción del periodo de vacaciones, con los cual el empleado no pierde el derecho de volver a reanudarlas.
¿Me pueden pagar mis vacaciones en dinero? ¿Cuantos periodos de vacaciones se pueden compensar en dinero?
El artículo 189 del Código Sustantivo del Trabajo CST estipula que el empleado y el empleador si pueden pactar el pago de las vacaciones en dinero, lo cual debe quedar por escrito, con la previa autorización del empleado, pero con la limitante de que solo se pueden pagar solo hasta la mitad de las vacaciones y se pueden acumular hasta 3 periodos.
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¿Cómo se liquidan las vacaciones en dinero?
El numeral 3 del artículo 189 de la mencionada ley, nos dice que las vacaciones que se paguen en dinero se harán con base en el último salario devengado por el trabajador.
¿Se pueden fraccionar las vacaciones en Colombia?
Si, la ley permite que el empleado tome periodos inferiores a los 15 días establecidos por año, teniendo en cuenta que como mínimo se debe tomar por año 6 días no acumulables (artículo 190 CST).
¿Hasta cuantos periodos de vacaciones puedo acumular?
Si ya ha tomado días de vacaciones de un periodo determinado pero no se tomó la totalidad de los días (15), solo dispondrá de 2 años para poder disfrutarlos o pedirlos en dinero antes de perderlos o exista la prescripción de las vacaciones (numeral 2 y 4 articulo 190 CST).
En caso contrario en el que no haya tomado dias de vacaciones podrá acumular hasta 3 periodos de vacaciones o lo correspondiente a 3 años laborados.
¿Cuántos periodos de vacaciones pueden acumular los empleados de manejo, confianza, técnicos especializados y extranjeros?
Puede acumular hasta 4 periodos de vacaciones, en el caso de extranjeros aplica únicamente para aquellos que presten sus servicios en lugares distintos a los de la residencia de sus familiares (artículo 191 CST).
Además cabe resaltar que los empleados de manejo pueden dejar un reemplazo, que será bajo su responsabilidad solidaria, y en el caso en el que el empleador o patrono no lo aceptara, y ponga en su lugar a un empleado de su confianza, ya responsabilidad quedaría anulada (artículo 191 CST).
¿Cuál es el salario en vacaciones?
A la pregunta ¿como se pagan las vacaciones? El empleado recibirá como salario durante sus vacaciones, el devengado el día en que comenzó a disfrutar de ellas, excluyendo el valor del trabajo en días de descanso obligatorio, auxilio de transporte y el valor del trabajo suplementario en horas extras.
Por otra parte si el salario es variable, se computará el promedio devengado por el trabajador en el último año anterior al disfrute de las vacaciones.
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¿Por qué el auxilio de transporte no es base para liquidar vacaciones?
El auxilio de transporte se cancela únicamente para que el empleado pueda pagar el transporte para llegar a su sitio de trabajo, si esta en vacaciones, no tiene que desplazarse en este tiempo a su lugar de trabajo, por ende no se le paga el auxilio de transporte en este periodo.
Como dar vacaciones a un empleado?
El empleado que va a ser enviado a vacaciones, deberá seguir recibiendo su salario normalmente, siempre y cuando tengo un salario fijo, si es variable se deberá pagar el promedio de los últimos meses (12).
Vacaciones 15 días hábiles?
Las vacaciones corresponden a 15 dias de decanso por cada año calendario laborado, pero toca tener en cuenta que las vacaciones por regla general cuentan de lunes a sábado, pero si en su contrato de trabajo no estipula trabajo los sábados, las vacaciones entonces serán de lunes a viernes, para contar los 15 días.
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