Contrario a lo que la mayoría de las personas piensan, un trabajador con discapacidad si podría ser despedido si existe una causa comprobada y justa, pero este despido debe ser bajo autorización de un inspector del trabajo.

Cualquier trabajador que incurra en una justa causa para su despido, se le puede abrir un procedimiento de cese de su cargo en la empresa, así mismo ocurre con el personal discapacitado que esta en nómina de una compañía,.

Solo que llevan un procedimiento especial, garantizándole al trabajador que el procedimiento sea solo por justa causa y no por discapacidad del trabajador.

La estabilidad laboral reforzada.

Un trabajador que padezca algún tipo de discapacidad es amparado bajo la estabilidad laboral reforzada, la cual especifica más  exactamente en su artículo 26  de la Ley 361 de 1997, que ningún trabajador con discapacidad no puede ser despedido de su trabajo sin la autorización de un inspector del trabajo.

Y para conseguir la autorización del inspector se debe demostrar ante su instancia que existe una causa justa para el despido del trabajador discapacitado.

Por lo tanto, si el empleador logra demostrar que existe justa causa para cesar la relación laboral con el trabajador discapacitado, puede solicitar la autorización al inspector para su despido.

Considerando estos aspectos, queda claro que SI se puede abrir un procedimiento de despido contra un trabajador discapacitado

Por otro lado, se debe tener en cuenta que no todo tipo de discapacidad genera la activación de la normativa de estabilidad laboral reforzada, para ello el trabajador debe padecer un grado de discapacidad importante para poder aplicar lo establecido en el  artículo 26  de la Ley 361 de 1997.




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