Pérdida De Un Vehículo U Objetos Dejados En Este En Una Propiedad Horizontal: En primera instancia si el administrador de la propia horizontal debe contratar una empresa de seguridad que deba cumplir a cabalidad con la tarea de la vigilancia de los parqueaderos de la propia horizontal, pero definitivamente no lo realiza, el artículo 5 del estatuto del consumidor establece el administrador será responsable por esta falta grave o simple.
También, si la empresa de vigilancia no cumple con los protocolos establecidos por la superintendencia de vigilancia para estas empresas, respecto a los controles que se deben seguir en el caso de los parqueaderos en propia horizontal, la culpa será de la empresa de seguridad.
Se debe tener en cuenta, en el caso de una demanda ante un juez de la República y de acuerdo a nuestra experiencia, la administración y la empresa de vigilancia sólo cuidarán las zonas comunes, debido a esto se puede interpretar que los parqueaderos que se encuentren en un bien privado, no será de responsabilidad por parte de estos.
Debido a lo anterior, se debe estudiar cada caso en particular, para poder establecer las responsabilidades de acuerdo o cómo ocurrió el hecho y así poder armar un caso para presentarlo en una demanda ante un juez.
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