El día 22 de marzo del presente año se expidió la resolución No. 16 con la cual modifican la la resolución 68 del 28 de octubre del año 2016, que cita la obligatoriedad de suministrar la información exógena del año gravable 2017.

Dentro de los cambios efectuados, uno de los que más llama la atención es el realizado en el literal “a” del artículo 1, el cual indica:

“a) (modificado con art. 1 Res. 0016 de marzo 22 de 2018) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable 2015 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos (500.000.000) y que en el año gravable 2017 la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales superen los cien millones de pesos (100.000.000).”

Muchas hablan de que se han cambiado las reglas de juego para las personas naturales que cuentan con rentas de capital y no laborales superiores a los $100 millones, por lo que han bajado los topes.

Debido a esto consideramos que esto no conlleva mayores traumatismos, por el contario, beneficia a las personas naturales, aquí hacemos una comparativa entre las dos resoluciones:

Literal a) artículo 1 resolución 000068 de 2016

“a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable 2015 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000).”

Literal a) artículo 1 resolución 000016 de 2018

“a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable 2015 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos (500.000.000) y que en el año gravable 2017 la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales superen los cien millones de pesos (100.000.000).”

De acuerdo a la nueva normatividad, las personas naturales deben presentar medios magnéticos del 2017 si supera el tope de los $500 millones, y además debe cumplir que con las sumas de la cédula de rentas de capital y la renta no laboral debe superar el tope de los $100 millones de pesos.

A quienes beneficia la nueva normatividad de medios magnéticos?

Inicialmente benefician a las personas naturales que posean únicamente rentas laborales, dado que si superan el tope de los $500 millones, y no tiene otro tipo de rentas, no debería presentar información exógena, caso que si ocurría anteriormente.



En el caso de las ganancias ocasionales, estos no corresponden a ninguna cédula, si se tienen en cuenta para el tope de los $500 millones, pero no se tienen en cuenta para el tope de los $100 millones de rentas de capital y no laborales.

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