De acuerdo con la Resolución 000841 del 8 de febrero de 2019, por la cual se califican algunos contribuyentes, responsables y agentes de retención como Grandes Contribuyentes, y teniendo en cuenta que el artículo 562 del Estatuto Tributario, señala que el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, mediante resolución, establecerá los contribuyentes, responsables o agentes retenedores que deban ser calificados como Grandes Contribuyentes.
Que es gran contribuyente?
Los grandes contribuyentes son empresas jurídicas o naturales que poseen un alto nivel de ingresos y activos, y que se seleccionan de acuerdo con su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo y actividad económica definida para el control por el Comité de Programas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
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También toca tener en cuenta que el Parágrafo 5° del mismo artículo señala que la calificación como Grandes Contribuyentes a que se refiere el artículo 562 del Estatuto Tributario tendrá una vigencia de dos (2) años
fiscales. Por lo que la Resolución 000841 del 8 de febrero de 2019 estipula los Grandes Contribuyentes 2019 y 2020.
Condiciones o requisitos para ser gran contribuyente
Descargue aquí el listado de los grandes contribuyentes para 2017 y 2018.
Para ser gran contribuyente se requiere en primera instancia ser contribuyente del impuesto sobre la renta del régimen tributario general u ordinario, ademas debe tener activos fijos mayores a 3.000.000 UVT, patrimonio líquido mayor a 3.000.000 UVT, ingresos brutos mayor a 2.000.000 UVT, impuesto a cargo en renta mayor a 35.000 UVT, entre otras.
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La DIAN realiza estudios a todos los contribuyentes de acuerdo al artículo 562 del Estatuto Tributario, para poder establecer los grades contribuyentes la cual se realiza cada dos años.
Obligaciones de los grandes contribuyentes
- Obligación de presentar las declaraciones por medio de los servicios informáticos y electrónicos de la Dian, y de acuerdo a las fechas establecidas.
- La primera cuota del impuesto de renta se presentará y/o pagará de acuerdo al último dígito del NIT.
- Actualizar el Registro Único Tributario RUT, informando la nueva calidad de gran contribuyente.
- Se vuelven automáticamente agente de retención de IVA, de acuerdo al artículo 437-3 del Estatuto tributario.
- Serán agentes de retención de ICA en Bogotá, de acuerdo al artículo 7º del Acuerdo Distrital 065 de 2002.
- Diligenciarán la totalidad de formatos de los medios magnéticos nacionales de acuerdo a la Resolución 8660 del 30 de agosto de 2010.
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