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Diferencias Permanentes, Temporarias Y Temporales En La Conciliación Fiscal

En el formato 2516 de Conciliación Fiscal, se solicita información inherente a las diferencias permanentes, temporarias y  temporales.  Es necesario comprender la diferencia entre estos tres conceptos para no cometer errores en el reporte de la información.

El termino diferencias permanente no existe en la NIIF para Pymes, pero se infiere que hace referencia a aquellas diferencias que existen entre el importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal,  pero que no originan el reconocimiento de impuesto diferido porque  no afecta el impuesto a las ganancias en el futuro. Ver Párrafo 29.7 de la NIIF para Pymes 2015.

El estándar define como diferencias temporarias aquellas que existen entre el importe en libros de un activo  o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal;  y que originan el reconocimiento de un impuesto diferido por pagar o recuperar en el futuro. Ver Párrafos 29.8 y 29.12  de la NIIF para Pymes 2015.

El termino diferencia temporal hace referencia a los ingresos o gastos que se reconocen en el resultado en un periodo; pero que de acuerdo con las leyes tributarias, afectan el impuesto a las ganancias de otro periodo.

Podemos ilustrarlo con los siguientes ejemplos.

Una diferencia permanente es la diferencia entre  la medición de la depreciación acumulada para efectos contables y para efectos fiscales, que no se tendrá en cuenta en  la declaración de renta de periodos futuros,  porque la factura de compra,  no cumple con los requisitos para la deducción. Tengo una diferencia en la medición del activo, que nunca será compensada.

Una diferencia temporaria es el que se origina en el reconocimiento contable  de la depreciación acumulada de un edificio adquirido antes de la reforma tributaria,  aplicando una vida útil de 70 años para efectos contables, pero con una vida útil de 20 años para efectos tributarios. Tengo una diferencia en la medición del activo, pero será compensada porque se tendrá en cuenta en las declaraciones de renta en el futuro.

La diferencia temporal, es la diferencia entre el gasto por depreciación que se reconoce contablemente y la deducción que se toma en la declaración del periodo corriente. Tengo una diferencia en la medición del gasto que afecta el resultado del ejercicio.

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Raul Camacho

C.P. RAUL GEOVANNY CAMACHO GONZALEZ _GROWING CONSULTORES FINANCIEROS_ CERTIFICADO POR ACCA EN NIIF CEL 3142956457 [email protected] Para más información visite   https://growing.com.co/

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