Al empezar a regir el decreto 1990 de 2016, el cual reglamenta las fechas límite para el pago de los aportes a seguridad social y además restringe la planilla asistida. Todos los usuarios de la planilla asistida o PILA como empleadores e independientes deben tener muy claro las nuevas modificaciones. Estos son los cambios en el pago de la Seguridad Social Para Independientes.
Uno de los cambios es que a partir del 1 de enero de 2017 los aportes para independientes se cancelan mes vencido y no anticipado como se venía haciendo.
También el Ministerio de Salud y Protección Social comunicó que aún no se ha reglamentado la retención sobre los pagos de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, por ende las personas independientes seguirán pagando los aportes como hasta hoy lo han hecho.
Otra modificación corresponde al cambio de código establecido en la Resolución 2388 del 2016, en la cual a partir del 1 de marzo de 2017 los independiente contratados por prestación de servicios a más de un mes solicitarán a su operador PILA el cambio de código de cotizante del No. 3 – Independiente, al 59 – Independiente con contrato de prestación de servicios. Por lo que solo pagarán salud, pensión y Arl.
Nos toca tener muy en cuenta que la persona que quiera pagar voluntariamente la ARL deberá utilizar el código 57 y para los que vayan a hacer solo aportes a salud y pensión únicamente deberán utilizar el código 3.
Otro cambia radica en los ajustes al peso o al cien más cercano, como lo estipulado con el Ingreso Base de Cotización IBC, dado que estos montos se deben aproximar al peso superior más cercano, sin decimales. Mientras que el valor de los aportes que se liquidan se deberán aproximar al múltiplo de cien 100 más cercano. Estos valores serán calculados automáticamente por el operador PILA.
Finalmente el decreto estipula que progresivamente se debe migrar de pagos en ventanilla a pagos electrónicos para el 2017 por eso las fechas de pago fueron modificadas para incentivar el pago electrónico.