Si por alguna razón le solicitan la renuncia en su trabajo bajo la premisa de que se le elaborara uno inmediatamente después, pues su respuesta deberá ser NO, nunca deberá firmar una renuncia bajo la promesa del empleador de renovar el contrato.

El patrono muchas veces logra convencer al empleado de que firme la renuncia bajo la excusa y pretexto de que posteriormente se le contratara. Luego realizado el acto de la renuncia no le contratan nuevamente.

Esta practica es innecesaria desde el punto de vista administrativo, debido que para contratar nuevamente a un empleado no es necesario solicitar su renuncia. Por lo que estos ofrecimientos hechos por el patrono se deben dejar de lado y desconfiar de ellos.

Recuerde que cuando un empleado renuncia esta perdiendo todos los beneficios que otorga la ley si la misma no es bien formulada.

Bajo ningún concepto se debe renunciar al puesto de trabajo para optar a otro contrato dentro de la empresa.

no renunciar si su jefe se lo pide en colombia

Cual es el deber ser si se presentara esta situación legal?

Lo más sensato es introducir las pertinentes modificaciones legales al contrato vigente, ya sea para el aumento del sueldo,  funciones del empleado y duración del contrato, para este acto administrativo no existe ningún tipo de impedimento legal.

Por lo que no es necesario bajo ningún concepto firmar una renuncia para optar a un nuevo contrato en la empresa, para esto solo bastará  como se menciono (tilde en la última ó) en el párrafo anterior una modificación en las clausulas contractuales.

¿Que hacer si me niego a firmar la renuncia que impone el patrono?

Si se diera el caso de que el patrono insista en que se debe firmar la renuncia, la misma no se debe firmar, y si por algún motivo el empleador actúa despidiendo al trabajador estará incurriendo en un despido injustificado.

Ahora si el caso fuera que el contrato fuese a término fijo y no accedemos a firmar la renuncia, estará más que evidente que una vez finalice el mismo ya no tendrá acceso a renovación por parte del patrono, ya que allí quedarán al descubierto sus intensiones.

Que toda promesa de contratación quede por escrito.

Si bien es cierto que ningún mecanismo de coacción es lo ideal para cualquier negociación, seria lo más adecuado si el empleador insistiera en solicitar la renuncia del cargo a el trabajador y isa poder dejar constancia del hecho.

De esta manera, realizando un documento donde el empleador se comprometa a contratar nuevamente al trabajador, se podrá demostrar oportunamente que el trabajador fue engañado si el patrono incumple la promesa, lo que se configura en un hecho punible al generar un vicio de consentimiento.

Para esto es importante recordar que la corte suprema a sentenciado que:

«El consentimiento de los trabajadores en los diferentes actos jurídicos en materia laboral, en tanto son la parte débil de la relación de trabajo, debe estar libre de constreñimientos, violencia, presión, engaño o vicios en el consentimiento.  sentencia 37948, del 07 de marzo de 2018,sala laboral MP Rigoberto Echeverry Bueno.»



Por lo que concierne al supuesto de que el trabajador halla sido engañado por su empleador, es necesario contar con los elementos que lo prueben, para que se constituya entonces en un acto de vicio del consentimiento del trabajador en desmedro de la confianza otorgada.

Se debe contar siempre con un documento firmado por ambas partes donde se compruebe la adhesión de las partes al cumplimiento de la promesa y se exprese claramente cuales son las pautas de la futura contratación.

esto a su vez servirá para que el trabajador tenga una mayor seguridad en caso de que el patrono quiera vulnerar el acuerdo dejado por escrito, ya que este tendrá como activar la vía judicial para lograr su inserción en su puesto de trabajo.

El acoso laboral ¿es posible?.

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Esta figura jurídica se puede generar debido a que el empleador puede tomar acciones en contra del trabajador por el hecho de no asumir lo que se le esta proponiendo, llegando al extremo de querer hacerle la vida en el trabajo muy difícil,  si ese fuese la situación se constituye la figura de acoso laboral.

Dentro de estas situaciones adversas a las que se puede ver visto el trabajador por no querer cumplir los designios del patrono se encuentran:

  • La asignación de nuevas tareas.
  • Combinación de tareas involucrando otras áreas laborales.
  • Imposición de nuevas cargas si la debida remuneración.
  • Extensión del horario de trabajo sin justificación alguna.

Todas estas formas se pueden constituir en acoso laboral  y más aún si se comprueba que se suscitan luego de que el trabajador se negó a aceptar las condiciones ofrecidas por el empleador de renunciar al cargo.