Art. 925. Distribución de la planta global y ubicación de los funcionarios.

* -Derogado-

Nota – Garzongiraldo.com.co

* -Artículo derogado Decreto 1643 de 1991 Art. 110

Nota – Articulo Derogado Garzongiraldo.com.co

Art. 925. Distribución de la planta global y ubicación de los funcionarios. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, mediante resolución, distribuirá la planta de personal y ubicará los funcionarios de la Dirección General de Impuestos Nacionales entre el nivel central y las administraciones regionales.

Una vez hecho el nombramiento, dentro de los 10 días siguientes, previo a la comunicación del mismo, se proferirá la resolución de ubicación del funcionario, señalado la dependencia en la cual deberá laborar; esta resolución será comunicada conjuntamente con el nombramiento.