home Estatuto Tributario Artículo 865 Estatuto Tributario – El Gobierno Efectuara Las Apropiaciones Presupuestales Para Las Devoluciones

Artículo 865 Estatuto Tributario – El Gobierno Efectuara Las Apropiaciones Presupuestales Para Las Devoluciones

Art. 865. El gobierno efectuara las apropiaciones presupuestales para las devoluciones.

El Gobierno efectuará las apropiaciones presupuestales que sean necesarias para garantizar la devolución de los saldos a favor a que tengan derecho los contribuyentes.

Rate this post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *