home Estatuto Tributario Artículo 755 Estatuto Tributario – La Omision Del Nit O Del Nombre En La Correspondencia, Facturas Y Recibos Permiten Presumir Ingresos

Artículo 755 Estatuto Tributario – La Omision Del Nit O Del Nombre En La Correspondencia, Facturas Y Recibos Permiten Presumir Ingresos

Art. 755. La omision del NIT o del nombre en la correspondencia, facturas y recibos permiten presumir ingresos.

El incumplimiento del deber contemplado en el artículo 619, hará presumir la omisión de pagos declarados por terceros, por parte del presunto beneficiario de los mismos.

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