home Estatuto Tributario Artículo 547 Estatuto Tributario – Las Sanciones Recaen Sobre El Agente De Retención

Artículo 547 Estatuto Tributario – Las Sanciones Recaen Sobre El Agente De Retención

Art. 547. Las sanciones recaen sobre el agente de retención.

Las sanciones impuestas al agente por incumplimiento en la retención o en la consignación de lo retenido, recaerán exclusivamente sobre él.

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