Art. 424-4. Alambron destinado a la elaboración de alambre de púas y torcido para cercas.
* -Derogado-
– Derogado Ley 223 de 1995, Art. 285.
Art. 424-5. Utensilios escolares, de aseo y del hogar excluidos del impuesto. Quedan como bienes excluidos del impuesto sobre las ventas, los siguientes utensilios escolares, de aseo y del hogar:
1. Uniforme único escolar.
2. Lápices de escribir.
3. Crema dental.
4. Jabón de uso personal.
5. Jabón barra para lavar.
6. Creolina.
7. Escobas, trapeadoras y cepillos
8. Pilas.
9. Velas
10. Pañales.
11. Corte de cabello para hombre y mujer
12. Fósforos (cerillas).