Art. 297-2. Causación.
Nota 1. La obligación legal del impuesto al patrimoniose causa el 1° de enero de 2020 y el 1° de enero de 2021.
Nota 1. Articulo Modificado Ley 2010 de 2019 Art. 47
– Modificado. Ley 1943 de 2018 Art. 39
– Artículo adicionado Ley 1739 de 2014 Art. 6.
Nota 1. Texto ley 1943 de 2019 Inexequibilidad diferida Corte Constitucional.
La obligación legal del impuesto al patrimonio se causa el 1 de enero de 2019, el 1 de enero de 2020 y el 1 de enero de 2021.